Derecho a la motivación y fundamentación de las resoluciones
Derecho a la motivación y fundamentación de las resoluciones
Deber de fundamentación de resoluciones judiciales que revoquen medidas sustitutivas
El tribunal de apelación para revocar una medida sustitutiva y aplicar la detención preventiva debe justificar y motivar la concurrencia la necesidad de revocar dicha medida y la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos por el art. 233 del CPP y una o varias de las circunstancias señaladas por los arts. 234 y 235 de esta norma adjetiva.(0006/2012)
Vinculación entre el derecho a la motivación y fundamentación de las resoluciones con la valoración integral de la prueba
Toda resolución que resuelva el fondo de un asunto inexcusablemente debe plasmar el criterio asumido en la valoración de las pruebas contrastando el mismo con las normas jurídicas aplicables al caso, de lo contrario se vulnera el derecho de motivación y fundamentación de las resoluciones.(SCP 0245/2012)
Elementos esenciales del derecho a una resolución fundamentada y motivada
El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada comprende: 1) El sometimiento manifiesto a la Constitución, conformada por: 1.a) La Constitución formal, es decir, el texto escrito; y, 1.b) Los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que forman el bloque de constitucionalidad; así como la ley, traducido en la observancia del principio de constitucionalidad y del principio de legalidad; 2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia; 3) Garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación; y 4) Permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo órgano o persona, sea de carácter público o privado por parte de la opinión pública, en observancia del principio de publicidad.(SCP 2221/2012)